Reducción del número de anticipos, actualización de las bases de cálculo e implementación de un procedimiento excepcional para personas humanas y sucesiones indivisas

Actualización del régimen de anticipos del impuesto a las ganancias para facilitar el cumplimiento fiscal

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06/05/2025 | 06:07

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias, previendo una reducción del número de anticipos para empresas a nueve pagos anuales; una actualización de las bases de cálculo mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), una modificación a 11,11% de los porcentajes aplicables a cada anticipo y la implementación de un procedimiento excepcional para calcularlos en el período fiscal 2025 tanto a personas humanas como a sucesiones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias, previendo una reducción del número de anticipos para empresas a nueve pagos anuales; una actualización de las bases de cálculo mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), una modificación a 11,11% de los porcentajes aplicables a cada anticipo y la implementación de un procedimiento excepcional para calcularlos en el período fiscal 2025 tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas.

La medida se implementó a través de la Resolución General Nº 5685/2025 publicada en el Boletín Oficial.

¿Cómo es el nuevo esquema de anticipos para sociedades?

Las empresas y entidades comprendidas en el artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias deberán ingresar nueve anticipos anuales, calculados sobre la base de un porcentaje fijo del impuesto determinado, equivalente a 11,11% cada uno.
¿Cómo se calculan las bases de cálculo de las personas humanas y sucesiones indivisas?

Para calcular los anticipos, se deberá considerar el resultado neto del período fiscal anterior, antes de deducciones personales, actualizado por el IPC entre julio y diciembre del año previo. También se actualizarán las deducciones personales, los tramos de la escala de impuesto y los computables aplicando el mismo índice.

Excepcionalmente en el 2025 la actualización por IPC será entre los meses de septiembre y diciembre del año anterior.

¿Cómo se aplica la vigencia?

Con respecto a las sociedades, las modificaciones serán aplicables para ejercicios comerciales que cierren a partir de diciembre 2025. En tanto, para las personas humanas se deberá tener en cuenta el período fiscal 2026 (aplicándose excepcionalmente el nuevo procedimiento para el período fiscal 2025).

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