La periodista estaría dispuesta a pagar las multas por calumnias e injurias, pero la conductora pretende que el proceso continúe.

El fuerte descargo de Lizy Tagliani tras la suspensión de su juicio contra Viviana Canosa: “Tarde o temprano...”

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06/11/2025 | 06:07

El juicio penal de Lizy Tagliani contra Viviana Canosa por calumnias e injurias se suspendió, luego de que la periodista manifestara estar decidida a pagar las multas para evitar el juicio.

“Quiere decir: hacerse cargo. No quiere que se llegue a un veredicto. No sé la cifra que significaría esto”, comentó Ángel de Brito al dar la noticia en LAM.

Y siguió: “Ahora, la defensa de Tagliani va a presentar un recurso de apelación para que se realice el debate oral igualmente. Y que Canosa también se retracte públicamente, que era lo primero que quería Lizy o lo más importante".

No obstante, De Brito consideró que difícilmente Canosa pida disculpas: “No la recuerdo retractándose de nada y menos si tiene que hacerlo en tele cuando ni siquiera tiene programa”

En el programa comentaron que, de alguna manera, “decidir pagar ya es un paso”. “Es reconocer que cometió un error. Además del tema nunca más habló”, recordaron.

El fuerte descargo de Lizy Tagliani

Tras conocerse la suspensión del juicio, Lizy utilizó sus redes para expresar sus sensaciones. Principalmente, destacó que, de algún modo, lo sucedido le da la razón y echa por tierra las fuertes acusaciones de Canosa.

“¿Con qué cara mirarán a mi hijo cuando nos crucemos en esta vida quienes quisieron arruinar su derecho a tener una familia?. Porque la vida es redonda y, tarde o temprano, veremos quien esquiva la mirada”, manifestó la conductora de La Peña.

En cuanto al proceso en sí, Tagliani comentó que presentaron “un recurso de apelación contra la medida de suspensión de fecha de debate, solicitando la prosecución de la querella a fin de que se realice el juicio oral”.

Y aclaró: “La medida del juez no está firme por lo tanto ni aún pagando la multa puede resolver la extinción de la acción penal. Y aún pagando, hay que cuantificar el daño causado, ya que es un requisito esencial del art 64 del Código Penal para extinguir la acción".
Fuente: Vía País

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