La ARCA actualizó deducciones y escalas del impuesto para el primer semestre. El ajuste es retroactivo y obliga a recalcular retenciones ya aplicadas.

Impuesto a las Ganancias: quiénes van a recuperar dinero en los próximos sueldos

Servicios
Redes Sociales
20/01/2026 | 06:19

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó las deducciones personales y la escala del impuesto a las Ganancias correspondientes a empleados en relación de dependencia para cada mes del primer semestre de 2026.

La actualización impacta en los sueldos de enero a junio y tiene carácter retroactivo, por lo que algunos trabajadores podrán recibir devoluciones en el próximo pago de haberes si se les retuvo de más.

Con la difusión de las nuevas tablas, los empleadores quedaron habilitados para ajustar sus sistemas de liquidación. La normativa obliga a recalcular las retenciones practicadas desde el 1° de enero si se utilizaron los parámetros del año anterior. En esos casos, la corrección debe realizarse en el primer pago posterior a la actualización y, si corresponde, devolver los montos retenidos en exceso.

La actualización incluye las deducciones personales —como ganancia no imponible, cónyuge, hijos y deducción especial— y la escala progresiva del impuesto, que determina la alícuota aplicable según el nivel de ingresos acumulados. Los valores se incrementan mes a mes a lo largo del semestre, lo que modifica la base imponible sobre la cual se calcula el tributo.

Para enero de 2026, la ganancia no imponible se fijó en $429.316,88, la deducción por cónyuge en $404.330,39 y la deducción por hijo en $203.905,29. En junio, esos montos ascienden a $2.575.901,25, $2.425.982,33 y $1.223.431,74, respectivamente. La deducción especial también acompaña esta suba y alcanza en el último mes del semestre los $9.015.654,38.

La escala del impuesto establece tramos progresivos que van desde una alícuota del 5% para ingresos acumulados de hasta $2.000.030,09 hasta una tasa máxima del 35% para quienes superen los $60.750.913,96, con montos fijos y porcentajes aplicables sobre el excedente de cada tramo.

En la práctica, puede haber demoras en la implementación de las nuevas tablas, por lo que algunos sueldos liquidados en fechas cercanas a la publicación podrían seguir calculándose con parámetros desactualizados. En esos casos, la regularización se efectúa en el pago siguiente.

El mecanismo previsto contempla que la devolución se realice mediante compensación en el recibo de sueldo. Si la retención ajustada resulta menor, el excedente retenido se descuenta de la obligación futura o se reintegra directamente al trabajador. Para quienes no debían tributar, la devolución será total.

La normativa obliga a los empleadores a efectuar los recálculos y regularizar las retenciones una vez publicadas las nuevas escalas. Las tablas oficiales están disponibles en el sitio web de ARCA y permiten a los empleados revisar sus recibos y anticipar el impacto de la actualización en sus haberes.

El esquema también alcanza a situaciones particulares, como trabajadores con hijos incapacitados y deducciones especiales para nuevos profesionales o emprendedores, cuyos montos muestran la misma tendencia alcista durante el semestre. La actualización busca reflejar la evolución de los parámetros fiscales y corregir desfasajes en las retenciones del impuesto a las Ganancias.

• Deducciones personales acumuladas por mes

Enero

• Ganancia no imponible: $429.316,88

• Cónyuge: $404.330,39

• Hijo: $203.905,29

• Hijo incapacitado: $407.810,58

• Deducción especial: $1.502.609,06

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $1.717.267,50

• Deducción especial apartado 2: $2.060.721,00

Febrero

• Ganancia no imponible: $858.633,75

• Cónyuge: $808.660,78

• Hijo: $407.810,58

• Hijo incapacitado: $815.621,16

• Deducción especial: $3.005.218,13

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $3.434.535,00

• Deducción especial apartado 2: $4.121.442,00

Marzo

• Ganancia no imponible: $1.287.950,63

• Cónyuge: $1.212.991,17

• Hijo: $611.715,87

• Hijo incapacitado: $1.223.431,74

• Deducción especial: $4.507.827,19

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $5.151.802,50

• Deducción especial apartado 2: $6.182.163,01

Abril

• Ganancia no imponible: $1.717.267,50

• Cónyuge: $1.617.321,55

• Hijo: $815.621,16

• Hijo incapacitado: $1.631.242,32

• Deducción especial: $6.010.436,25

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $6.869.070,00

• Deducción especial apartado 2: $8.242.884,01

Mayo

• Ganancia no imponible: $2.146.584,38

• Cónyuge: $2.021.651,94

• Hijo: $1.019.526,45

• Hijo incapacitado: $2.039.052,90

• Deducción especial: $7.513.045,32

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $8.586.337,51

• Deducción especial apartado 2: $10.303.605,01

Junio

• Ganancia no imponible: $2.575.901,25

• Cónyuge: $2.425.982,33

• Hijo: $1.223.431,74

• Hijo incapacitado: $2.446.863,48

• Deducción especial: $9.015.654,38

• Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $10.303.605,01

• Deducción especial apartado 2: $12.364.326,01

Escala progresiva del Impuesto a las Ganancias

-Hasta $2.000.030,09: 5%

-De $2.000.030,09 a $4.000.060,17: $100.001,50 + 9% sobre el excedente

-De $4.000.060,17 a $6.000.090,26: $280.004,21 + 12% sobre el excedente

-De $6.000.090,26 a $9.000.135,40: $520.007,82 + 15% sobre el excedente

-De $9.000.135,40 a $18.000.270,80: $970.014,59 + 19% sobre el excedente

-De $18.000.270,80 a $27.000.406,20: $2.680.040,32 + 23% sobre el excedente

-De $27.000.406,20 a $40.500.609,30: $4.750.071,46 + 27% sobre el excedente

-De $40.500.609,30 a $60.750.913,96: $8.395.126,30 + 31% sobre el excedente

-Más de $60.750.913,96: $14.672.720,74 + 35% sobre el excedente
Fuente: Cadena3

Volver arriba
Programa en el aire
12:00 a 18:00

Conexión con Cadena 3

 
  • Maiz
  • Soja
  • Girasol
  • Trigo
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario 2655
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario 1725
Mercado Actual Anterior Var%
Rosario

Sorteo del dia: 19/01/2026

  • La primera
  • Matutina
  • Vespertina
  • Nocturna
  • 0391
  • 2422
  • 1946
  • 8673
  • 9348
  • 1115
  • 2656
  • 6590
  • 9580
  • 4459
  • 6465
  • 2747

RADIO CORDIAL99.7 Mhz · 9 de Julio 1311 · CP 3722 · Tel: 03731 - 460986 / 460989 · Cel: 3731 - 433624 · Las Breñas - Chaco - Argentina
Copyright © 2010 . Radio Cordial. - Resolución: 1024x768 pixeles.