
Previo al inicio de las campañas de vacunación 2026 contra la fiebre aftosa y brucelosis bovina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) capacitó a 386 profesionales veterinarios y programadores de distintos entes sanitarios de las provincias de Chaco y Formosa para efectuar la inoculación en bovinos y bubalinos.
Los encuentros se llevaron a cabo en las localidades formoseñas de Las Lomitas, San Martín 2 y Formosa Capital y chaqueñas de Margarita Belén y Presidencia Roque Sáenz Peña, donde los veterinarios del Centro Regional Chaco-Formosa del SENASA detallaron el procedimiento de aplicación simultánea de las vacunas antiaftosa y antibrucélica y el funcionamiento de los entes sanitarios locales, según las resoluciones N° 799/2006 y 623/2002.
En tal sentido, los profesionales del organismo explicaron sobre la conservación, traslado y de aplicación de la vacuna, además de las funciones y responsabilidades que adquiere todo aplicador como agente de prevención sanitaria. También, se desarrollaron las principales características de estas enfermedades, las causas que la provocan, sus vías de contagio y la importancia de conservar el estatus sanitario actual de la Argentina como país libre de fiebre aftosa..
Otros de los temas abordados fue el cambio de estrategia de vacunación contra la fiebre aftosa previsto para las campañas del 2026 —Resolución SENASA N° 711/2025—, que establece que en la segunda campaña de este año se dejarán de inocular vaquillonas, novillos, novillitos y toritos.
Para la primera campaña, que iniciará el 2 de marzo en Chaco y el 9 del mismo mes en Formosa, la vacunación involucrará a todas las categorías bovinas y bubalinas. En el caso de los establecimientos de engorde a corral, los mismos podrán optar —con previo aviso a la oficina del SENASA en la jurisdicción— por realizar una vacunación estratégica al ingreso de los animales, o bien continuar con la inoculación sistemática, quedando exceptuados de vacunar en el primer ciclo.
Cabe recordar que, como todos los años, la inmunización contra la brucelosis bovina en terneras de 3 a 8 meses es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, con excepción de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, reconocida como libre de la enfermedad.
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